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Costear los gastos de adaptación del vehículo del trabajador con movilidad reducida puede considerarse retribución en especie

Costear los gastos de adaptación del vehículo del trabajador con movilidad reducida puede considerarse retribución en especie

 

Consulta DGT V5247-16, de 13 Dic.

 

20150409000010_LDNHGU

Tal como declara la Dirección General de Tributos en una reciente Consulta Vinculante, de diciembre de 2016 los rendimientos del trabajo en especie se configuran desde la perspectiva de la obtención por parte del perceptor de un beneficio o utilidad particular de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, circunstancia que cabe considerar concurrente en el supuesto en el que un vehículo particular del trabajador es adaptado a su condición de discapacidad, sufragando la empresa los gastos de adaptación.

Y por tratarse en el caso planteado de una adaptación del vehículo propiedad del trabajador, que según se relata, se ha visto obligado a realizar numerosos desplazamientos por motivos laborales no resulta viable la posibilidad de establecer un criterio de reparto entre los ámbitos particular y laboral.

Normativa aplicada: arts. 17 y 45 (Ley 35/2006).

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