La jubilación del autónomo
Si eres autónomo seguro que te haces esta pregunta ¿Cómo alcanzar la mejor jubilación siendo autónomo? En esta estrada hablamos sobre las condiciones de jubilación del autónomo y la conveniencia de no pagar siempre la base mínima.
La mayoría de los autónomos llegan a la edad de jubilación con una pensión sensiblemente inferior a la del trabajador contratado por cuenta ajena. La explicación está en que la mayoría de autónomos opta por cotizar por la base mínima, a corto plazo favorece al negocio al cotizar menos, pero a largo plazo repercute en una menos pensión. Por esta razón es aconsejable que se deba cotizar más, especialmente en los 15-25 años anteriores a la jubilación.
Ahora nos centramos en los requisitos para la jubilación del autónomo, que son los siguientes:
-Edad de jubilación:65 años y un mes que se aumentará de forma paulatina hasta los 67 años hasta el año 2027. (65 años si se han cotizado 36 o más años)
-Se establece la jubilación anticipada voluntaria para los trabajadores por cuenta propia a partir de los 63 años y con al menos 35 años cotizados.
-Periodo mínimo de cotización:
- Periodo de cotización genérico: 15 años.
- Periodo de cotización genérico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.
Recuerda que a la hora de calcular la cuantía de la pensión, a partir del 2015 se pasará a tener en cuenta los últimos 18 años cotizados al sistema (en 2014 contaron los últimos 17 años)
-Cuantía: Dependerá de lo que se haya cotizado.
Para que lo veas más claro te mostramos unos ejemplos de cotizaciones y cuotas:
Las cuantías de las pensiones contributivas subirán en 2015 un 0,25%, el mínimo que obliga la ley.
Con respecto a la cotización de los autónomos, la base mínima de cotización subirá un 1% a partir de enero de 2015, situándose en 884,40€ mensuales. Esto significa que los autónomos que a 1 de Enero tengan menos de 47 años podrán elegir su base de cotización entre 884,40€ a 3.606€ al mes. También podrán escoger su base dentro de esa escala aquellos que se den de alta como autónomos y su última base de cotización de diciembre de 2014 hubiera sido de 1.926,60 € o superior.
Hay que tener en cuenta que por el contrario, aquellos que con esa edad se den de alta como autónomos y su última base fuera inferior a 1.916,60€ no podrán elegir una base superior a los 1.945,80 € mensuales, salvo que ejerzan esa opción antes del 30 de Junio.
La base de cotización para los autónomos que el 1 de enero tenga 48 o más años estará comprendida entra 953,70€ y 1945,80€ al mes.
Fuente: Articulo elaborado por el departamento Laboral de Asinpe.
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