Soy autónomo y me pregunto, ¿tengo algún beneficio en la cuota de Seguridad Social?
Estás de enhorabuena, hay unos cuantos vigentes dependiendo de tu situación, a ver si encajas en alguno y puedes ahorrarte un buen dinero…

1) ALTA INICIAL O TRAS 5 AÑOS SIN HABER ESTADO DE ALTA EN AUTÓNOMOS
Podrá reducirse la cuota mínima hasta un máximo de 18 meses:
– Los 6 primeros meses pagará una cuota fija de 50 euros (tarifa plana)* si elige la base mínima de cotización, o se reducirá un 80% si elige una base de cotización superior a la mínima.
*ATENCIÓN: Si se desarrolla la actividad en la CCAA de Madrid, la tarifa plana dura 18 meses.
– Los 6 meses siguientes: 50%
– Los 3 meses siguientes: 30%
– Los 3 meses siguientes: 30%
Además, si tiene menos de 30 años, o de 35 si es mujer, el autónomo podrá bonificarse en dicha cuota mínima un 30% durante 12 meses más, hasta llegar a un máximo de 30 meses bonificados.
Y si están inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la reducción tendrá el tratamiento de bonificación.
NORMATIVA
– Art. 31 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
2) AUTÓNOMO DISCAPACITADO, VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO O VÍCTIMA DE TERRORISMO, QUE CAUSA ALTA INICIAL O TRAS 5 AÑOS SIN HABER ESTADO DE ALTA EN AUTÓNOMOS
Podrá reducirse la cuota mínima hasta un máximo de 5 años:
– Los 12 primeros meses pagará una cuota fija de 50 euros (tarifa plana) si elige la base mínima de cotización, o se reducirá un 80% si elige una base de cotización superior a la mínima.
– Los 48 meses siguientes (de 6 en 6): 50%
La discapacidad debe ser superior al 33%.
NORMATIVA
– Art. 32 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
3) AUTÓNOMA VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Si cesa en su actividad para protegerse o acogerse a la asistencia social integral, no deberá cotizar durante seis meses.
A pesar de ello, ese periodo se considerará como situación asimilada al alta y de cotización efectiva a efectos de cualquier prestación, considerándose como base de cotización el promedio de los 6 meses anteriores.
NORMATIVA
– Art. 21.5 LO. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
4) AUTÓNOMO CON 65 AÑOS DE EDAD Y UNA COTIZACIÓN DE 38 AÑOS Y 6 MESES, O 67 AÑOS Y 37 COTIZADOS
Estará totalmente exento de cotizar, salvo por IT y contingencias profesionales, hasta su baja.
Si ha accedido a esta exención antes del 1-1-2013 y se jubila después de esa fecha, el periodo de exención se considera como cotizado a efectos de la pensión.
NORMATIVA
– Art. 311 y D.T. 12ª RDLeg. 8/2015, de 30 de octubre, LGSS.
5) AUTÓNOMO CON 50 AÑOS O MENOS AL DARSE DE ALTA EN AUTÓNOMOS QUE ES CÓNYUGE O DESCENDIENTE DE TITULAR DE UNA EXPLOTACIÓN AGRARIA
Tendrá una reducción del 30% de la cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria durante 5 años.
NORMATIVA
– Art. 37 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
6) AUTÓNOMO CON PLURIACTIVIDAD
Si en 2016 ha cotizado simultáneamente por cuenta propia y ajena por una cuantía igual o superior a 12.368,23 euros, durante 2017 tendrá derecho a una devolución del 50% del exceso de esa cantidad con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en Autónomos.

NORMATIVA
– Art. 15.10 OM ESS/106/2017, de 9 de febrero, cotización 2017.
7) AUTÓNOMO QUE RESIDE Y REALIZA SU ACTIVIDAD EN CEUTA Y MELILLA
Y cuya actividad está encuadrada en los sectores de Agricultura, Pesca y Acuicultura; Industria, excepto Energía y Agua; Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios, excepto el Transporte Aéreo, Construcción de Edificios, Actividades Financieras y de Seguros y Actividades Inmobiliarias, tendrá derecho a una bonificación del 50% en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes.
NORMATIVA
– Art. 36 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
8) AUTÓNOMO QUE CONTRATA A UN TRABAJADOR PARA CONCILIAR LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR
Tendrá derecho a una bonificación del 100% de la cotización por contingencias comunes durante un plazo de hasta 12 meses, cuando realice el contrato para cuidar a un menor de 7 años a su cargo o a un familiar dependiente o discapacitado.
NORMATIVA
– Art. 30 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
9) AUTÓNOMO SUSTITUIDO DURANTE SU DESCANSO POR MATERNIDAD, ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO, RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL O SUSPENSIÓN POR PATERNIDAD
Tendrá derecho a una bonificación del 100% de la cuota mínima si es sustituido mediante un contrato de interinidad bonificado celebrado con un desempleado, al amparo del RDLey 11/1998, mientras dure la suspensión.
NORMATIVA
– Art. 38 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
10) AUTÓNOMO SOCIO TRABAJADOR DE COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO DEDICADO A VENTA AMBULANTE
Tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota sobre la base mínima, durante 2017.
NORMATIVA
– Art. 15.11 O. ESS/106/2017, de 9 de febrero, cotización 2017.
11) CÓNYUGE O FAMILIAR COLABORADOR DE TRABAJADOR AUTÓNOMO QUE SE DA DE ALTA EN ESE MISMO RÉGIMEN
Tendrá derecho a una bonificación de la cuota sobre la base mínima durante 24 meses: el 50% los primeros 18 meses y del 25% los 6 meses siguientes.
Es requisito no haber estado dados de alta en autónomos en los 5 años inmediatamente anteriores.
NORMATIVA
– Art. 35 Ley 20/07, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
CUADRO BENEFICIOS SEG. SOCIAL AUTÓNOMOS